Se trata de una convocatoria extraordinaria destinada a fomentar el mantenimiento del empleo en las empresas que se han visto afectadas por la crisis sanitaria generada por la Covid-19, así como la reactivación económica, a través de la reapertura de empresas y locales de negocio. Está dirigida a personas autónomas del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y a micropymes que tengan su centro de trabajo en Gijón.
Tal y como informó el Ayuntamiento de Gijón el pasado 15 de mayo, día en que se cerró el acuerdo de concertación, se establecen dos líneas de ayudas, que son las siguientes:
- Mantenimiento del empleo por cuenta ajena, dotada con 3.500.000 euros.
El objeto de esta línea es facilitar la reincorporación al trabajo de personas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), cualquiera que sea su causa, ya afecte a la totalidad, o a parte de la plantilla, otorgando una subvención de 1.500 euros por la reincorporación de cada trabajador/a a jornada completa (o parte proporcional en caso de jornada inferior, que sea de al menos del 50%).
- Reapertura del negocio o actividad económica, dotada con 1.500.000 euros.
Su objeto es subvencionar los gastos de personas trabajadoras autónomas y empresas, que estando de alta a fecha de declaración del estado de alarma, hubiesen cesado en su actividad y procedan, antes del fin del plazo establecido en esta convocatoria de presentación de solicitudes, a la reapertura de establecimientos o reinicio de actividades.
Se admiten gastos como los de adecuación y adquisición de elementos de protección del personal trabajador y clientes, reformas y mejoras en los espacios comerciales o cualquier otro gasto asociado a la antedicha reapertura de establecimientos comerciales o negocios y de reinicio de la actividad, que no sea gasto de personal, en una cuantía máxima de 500 euros.
Los gastos deberán haberse realizado y abonado entre el 14 de marzo y la fecha tope de presentación de solicitudes. Una misma empresa, negocio o establecimiento comercial podrá concurrir a las dos líneas de subvención, salvo aquellas personas autónomas que no tengan personal a su cargo, en cuyo caso, solo podrán optar a la segunda línea.
Un mismo negocio podrá concurrir a las dos líneas de subvención, salvo aquellas personas autónomas que no tengan personal a su cargo.
La solicitud está disponible en la sede electrónica municipal y deberá presentarse, junto a la documentación requerida, por registro electrónico o en los términos previstos en la Ley 39/2015.
El plazo de recepción de solicitudes es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), que previsiblemente será a comienzos de la próxima semana.