Ley Macron: afecta a los asalariados, pero no a los autónomos
La documentación necesaria para evitar sanciones de hasta 4.000€ en Francia; resulta vital para el transporte de carretera internacional.
Esta polémica ley, conocida también como ley del salario mínimo, entró en vigor el 1 de julio de 2016
La ley Macron pretende facilitar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores desplazados, como pueden ser el salario mínimo, los suplementos salariales y la remuneración de las horas extraordinarias. Esta polémica ley, conocida también como ley del salario mínimo, entró en vigor el 1 de julio de 2016 y se ocupa de regular el desplazamiento de trabajadores a territorio francés. Se aplica a todas las empresas establecidas fuera de Francia que realicen transporte de mercancías o de viajeros por carretera, así como a aquellas que desplacen a un empleado itinerante a Francia. Sin embargo, además del transporte particular de personas, como es el caso de los taxis, quedan excluidos de su cumplimiento los transportes internacionales en tránsito por suelo galo; es decir, aquellos que crucen el país y que no carguen ni descarguen en él. Tampoco se aplicará la normativa cuando el conductor sea autónomo, pero sí si es trabajador asalariado de la empresa transportista.
El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a sanciones que van desde los 450 hasta los 4000 euros
Para su cumplimiento es obligatorio que las empresas designen un representante legal en Francia, que será su representante ante las autoridades que lleven a cabo los controles y deberá estar en posesión de la documentación necesaria:
- Copia de su designación como representante.
- Certificado de desplazamiento.
- Copia del convenio colectivo.
- Boletines de pago de la nómina.
El conductor del vehículo deberá llevar siempre consigo la siguiente documentación:
- Una copia del contrato laboral donde figure el salario bruto/hora y el correspondiente a alojamiento y manutención.
- El certificado de desplazamiento redactado en francés, donde deberá figurar también la fecha de caducidad del mismo.
- Documentos que lo acrediten como autónomo (en caso de que lo sea), como por ejemplo los tres últimos recibos del pago a la Seguridad Social.
- Los datos de la empresa transportista (firmada y sellada), del gerente de la misma y de su representante en Francia.
El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a sanciones que van desde los 450 hasta los 4000 euros.
Por otro lado, el colectivo de transportistas españoles se ha visto seriamente perjudicado durante este mes de noviembre a causa de las protestas sufridas por el país vecino motivado por la subida de peajes y carburantes, hecho que ha dado lugar a diferentes cortes en las carreterasocasionando importantes retrasos en los envíos a los distintos países europeos y las consiguientes pérdidas económicas.
Quedan excluidos de su cumplimiento los transportes internacionales en tránsito por suelo galo; es decir, aquellos que crucen el país y que no carguen ni descarguen en él