Planes de igualdad en empresas
Desde el pasado 7 de marzo, todas las empresas que cuenten en su plantilla con más de 50 empleados, independientemente de los tipos de contratos o los centros de trabajo, están obligadas a contar con ese plan de igualdad.
Leasba, empresa referente en derecho tecnológico y digital, ayuda a las empresas a implantar el plan de igualdad, el canal de denuncias, el registro salarial y otras buenas prácticas relacionadas en cualquier organización.
El plan de igualdad es un plan de actuación en el que se recogen unas pautas que deben cumplir las empresas y con las que realizar un seguimiento de su correcto cumplimiento. Además de la gestión documental y de nóminas también se abarcan los posibles cambios de resultados, la cultura de empresa y las políticas de gestión interna. Todo ello con el objetivo de reducir, a través de políticas salariales, de selección de personal u otras relacionadas, la brecha de género.
Desde el pasado 7 de marzo, todas las empresas que cuenten en su plantilla con más de 50 empleados, independientemente de los tipos de contratos o los centros de trabajo, están obligadas a contar con ese plan de igualdad. Además del tamaño de la empresa, se tendrán en cuenta otros escenarios que obligarán la implantación del plan de igualdad, si la empresa trabaja con la administración, si está establecido a través del convenio colectivo o si ha sido indicado tras una sanción laboral.
Las empresas que no cuenten con este plan de igualdad y que estén obligadas a ello se están exponiendo a importantes sanciones. Al ser considerada una infracción muy grave, las sanciones van desde los 7.501 euros hasta los 225.018 euros.
Recientemente algunos medios de comunicación reflejaban con datos una realidad bien conocida por los expertos del sector, donde apuntaban que tan solo algo más del 10% de las empresas obligadas a tener el plan de igualdad cuentan con él. Esto se traduce en que una gran cantidad de empresas se encuentran expuestas a las sanciones anteriormente indicadas, aunque hayan tenido desde 2019 para implementar esta medida.
En Leasba cuentan con un departamento especializado en Derecho Digital y Nuevas Tecnologías en el que llevan desarrollando en los últimos años diversas vertientes sobre Compliance Normativo relacionadas con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), implantación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) o la gestión de los Estados de Información No Financiera (EINF), incluyendo también la elaboración e implementación de Planes de Igualdad y Canales de Denuncias. Desde al análisis previo, el diagnóstico inicial, la elaboración del plan de igualdad y su implantación, Leasba guiará a la organización en todo el proceso.
Registro salarial
El registro salarial o retributivo consiste en llevar a cabo un análisis de los salarios de la empresa a lo largo del año natural en función de una clasificación por grupos, sin necesidad de hacer constar ninguna identificación o información personal de los trabajadores. Obligatorio para todas las empresas desde el 2019, este documento debe presentarse junto al plan de igualdad de forma anual, a los empleados y debe estar a disposición de la Autoridad Administrativa en posibles inspecciones.
Si tras el análisis del registro salarial se detecta la existencia de brecha salarial y esta supera el 25%, la empresa deberá justificar los motivos de la misma. En el caso de no ser así y a través de una inspección se descubriera dicha brecha, la empresa dispondrá de un plazo de rectificación en caso de ser el primer incumplimiento. De no ser así, la organización se expondrá a una sanción entre los 625 euros y los 6.250 euros.
El departamento de Legaltech de Leasba cuenta con la experiencia y herramientas de análisis de datos necesarias para la correcta elaboración del registro salarial.
Canal de denuncias
Un Canal de Denuncias supone la existencia de un Cauce Confidencial a través del cual empleados, proveedores, colaboradores y otros terceros que tengan una relación con la organización, puedan comunicar determinadas conductas ilícitas o contrarias a la legalidad vigente, al Código Ético o a las normas, procedimientos y políticas internas de la Compañía.
La Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión "Whistleblowing", establece la obligación de contar con un canal de denuncias implementado en la empresa para demostrar la cultura Compliance y la aplicación de medidas de diligencia debida que deben traducirse en una exención de responsabilidad en el caso de que se cometa un ilícito en el seno de la empresa. El Canal de Denuncias debe proteger de forma efectiva al denunciante manteniendo la confidencialidad de sus datos y evitando cualquier tipo de represalia.
Para que un Canal de Denuncias funcione de manera adecuada y eficiente, deberá respetar y garantizar la confidencialidad y el anonimato, la independencia e imparcialidad, procurar una adecuada formación e información a empleados y la implantación de un procedimiento de investigación de la denuncia formulada.